• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MANUEL SAN CRISTOBAL VILLANUEVA
  • Nº Recurso: 89/2023
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala IV estima en parte las demandas formuladas por esos dos sindicatos, y en consecuencia, declarar que RYANAIR Y CCOO han vulnerado el derecho de Libertad Sindical de los sindicatos USO y UGT por la inclusión de una cláusula en los acuerdos extraestatutarios celebrados entre Ryanair y CCOO, frente a la SAN que rechazó las demandas. Recuerda su propia jurisprudencia en la materia para concluir que la empresa no está obligada a convocar a todos los sindicatos a la negociación extraestatutaria. Eso sí, los sindicatos excluidos conservan su derecho a negociar por separado con el empleador sus propios pactos extraestatutarios. De los HP no se desprende mala fe negocial por parte de la empresa, no puede hacerse reproche alguno al pacto alcanzado con CCOO. Respecto de la nulidad de la cláusula contenida en los acuerdos extraestatutarios pactados con CCOO en la que se "potencia" la afiliación a ese sindicato, como medio para poderse adscribir al pacto extraestatutario, procede su estimación porque restringir un beneficio que financia la organización patronal del sector a quienes acreditan afiliación a determinado sindicato (con exclusión de quienes optan por o pertenecer a ninguno o por incorporarse a otro) constituye un supuesto claro de desigualdad proscrita por nuestro marco protector de la libertad sindical.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 19/2024
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La trabajadora es contratada por el Ayuntamiento de Ayamonte como Técnica de Orientación profesional y acompañamiento a la inserción, en virtud de contratos por obra o servicio determinado, con cargo a las subvenciones otorgadas. La trabajadora acciona por despido. El JS desestima la demanda. El TSJ la revoca, declara la nulidad del despido por vulneración de la garantía de indemnidad, califica la relación como indefinida no fija por desarrollar una actividad propia del Ente local. Recurre la Administración en casación unificadora. La Sala IV recuerda que el denominado programa "Andalucía Orienta", justificaba el contrato de trabajo temporal y le dota de autonomía y sustantividad. No se trata de una actividad normal o permanente de la administración municipal, tiene duración incierta y limitada en el tiempo, su objeto se refleja de forma adecuada y la trabajadora no ha desempeñado actividades distintas. La extinción del contrato temporal la última fecha acordada es ajustada a derecho, en aplicación art.49.1.c) ET, por cumplimiento del plazo del programa al que estaba vinculado el contrato temporal. Por último, descarta la vulneración de la garantía de indemnidad por haber interpuesto previa demanda de derecho y cantidad. Para ello afirma que se ha de estar a las circunstancias concretas de cada caso, en el supuesto analizado el contrato finalizó en el término previsto y la reclamación previa se efectuó diez meses ante del plazo establecido para su finalización. Estima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 1267/2023
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto desestima recurso de revisión interpuesto contra el decreto 9/04/2025 aprueba costas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 153/2024
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto desestima recurso de revisión interpuesto contra el decreto 10/04/2025 aprueba costas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 1242/2023
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto desestima recurso de revisión interpuesto contra el decreto 16/04/2025 aprueba costas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 4062/2024
  • Fecha: 03/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina deducido por la Junta de Extremadura frente a la sentencia que desestimó su recurso de suplicación contra la declaración de indefinido no fijo de una trabajadora con contrato inicialmente de interinidad. El motivo principal del recurso de casación fue un error formal en el escrito de interposición del recurso de suplicación, consistente en que el suplico indicaba que se trataba de una impugnación, cuando en realidad era la formalización del recurso. La Sala de instancia desestimó el recurso por no haberse corregido este error formal, aplicando el principio dispositivo y la justicia rogada, sin entrar al fondo del asunto. El TS, siguiendo una doctrina flexibilizadora y finalista, recordó que no deben rechazarse recursos por defectos formales cuando el escrito contiene datos suficientes para conocer la pretensión y argumentación de la parte, conforme al artículo 24 CE y la jurisprudencia constitucional y del propio Tribunal Supremo. Además, se constató que la Sala de origen admitió el recurso y permitió la impugnación, por lo que no existió indefensión. Por todo ello, se estima el recurso y devuelven las actuaciones para que se dicte nueva sentencia que valore el fondo del recurso con libertad de criterio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 826/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, para la indexación de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica a señales a plazo y reducción de su volatilidad. Se analiza si el Real Decreto Impugnado omite incluir en la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor (PVPC) los correspondientes valores, términos o conceptos que garanticen la recuperación de los costes en que deben incurrir los comercializadores de referencia para participar en el OMIP (mercado organizado de futuros de electricidad) y por otros conceptos. Desestimación del recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL ALMENAR BELENGUER
  • Nº Recurso: 7640/2024
  • Fecha: 30/05/2025
  • Tipo Resolución: Auto Aclaratorio
Resumen: No ha lugar a la aclaración solicitada
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MANUEL SAN CRISTOBAL VILLANUEVA
  • Nº Recurso: 4229/2023
  • Fecha: 29/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión a resolver consiste en determinar si tiene derecho a la prestación por desempleo un trabajador de la entidad estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo cuya relación laboral se suspendió por un expediente de regulación temporal de empleo, ERTE, por fuerza mayor causado por el COVID-19. La Sala IV no entra a conocer del fondo del asunto por falta de contradicción entre las sentencias comparadas al no concurrir las identidades del art 219 LRJS y con ello desestima el recurso unificador del SEPE. Al efecto se remite a sentencias previas en las que se suscita idéntica controversia con cita de la misma sentencia de contraste, lo que obliga a concluir que no concurre el presupuesto procesal de contradicción entre ambas sentencias porque en la recurrida el SEPE había reconocido inicialmente la prestación por desempleo y posteriormente acordó revocar dicha prestación, lo que no sucedió en la sentencia referencial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL DELGADO-IRIBARREN GARCIA-CAMPERO
  • Nº Recurso: 2041/2023
  • Fecha: 29/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se anula una sentencia del TSJ de Andalucía considerando que la limpieza y desinfección de equipos de protección individual (EPI's) como los examinados en el presente caso forma parte de las funciones de los Auxiliares de Enfermería. La Sala Tercera, siguiendo sus precedentes, descarta que se haya producido una vía de hecho y sostiene que no puede afirmarse de manera taxativa que los equipos de protección individual contra el Covid-19 (gafas y pantallas de protección) no sean material sanitario, puesto que constituye el material necesario para que quienes han de atender y tratar a los pacientes puedan hacerlo en las debidas condiciones. No procede examinar la segunda pretensión de la parte recurrente, consistente en que "se declare que la lista de funciones del personal auxiliar de enfermería del EJPSNF (Orden de 26 abril 1973) es una lista abierta que permite incorporar funciones que guarden relación directa con las existentes en dicha norma y siempre que no sean contrarias a la misma, que sean producto de la evolución de los tiempos y la realidad social en que ha de ser aplicada", por exceder de la cuestión recogida en el auto de admisión

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